El caso analizado por la justicia muestra cómo la administración indebida de bienes del fallecido puede incluso generar responsabilidad penal.
El caso
En la causa “M. M. E. y otros s/ sobreseimiento”, Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Sala IV, 18 de septiembre de 2025, se investigó el manejo de marcas comerciales que pertenecían a una persona fallecida.
Durante su vida, el titular había organizado parte de su patrimonio mediante una sociedad que administraba sus marcas y derechos de explotación. Sin embargo, tras su fallecimiento, quienes figuraban como administradores de esa sociedad continuaron explotando las marcas y percibiendo ingresos derivados de ellas.
El conflicto surgió cuando los herederos iniciaron el proceso sucesorio y reclamaron que esos bienes y derechos debían integrar el patrimonio hereditario.
Qué analizó el tribunal
La Cámara evaluó si las personas que administraban la sociedad podían seguir actuando como si fueran titulares de esos bienes.
El tribunal señaló que, aunque en vida el titular podía organizar su patrimonio como quisiera, la situación cambia con la muerte.
Desde ese momento:
- los bienes pasan a los herederos,
- quienes administran bienes ajenos deben hacerlo respetando ese derecho,
- y no pueden apropiarse ni disponer de esos bienes.
En palabras del propio tribunal:
“Los bienes pasan inmediatamente a propiedad de sus herederos… el patrimonio del causante, desde el momento de su muerte, pasó a integrar el de sus hijos”.
La decisión judicial
La Cámara entendió que continuar explotando las marcas y disponer de los ingresos derivados de ellas después de la muerte del titular podía constituir una administración fraudulenta de bienes ajenos.
Por esa razón resolvió procesar a los imputados por el delito de defraudación por administración fraudulenta, al considerar que habían administrado bienes que en realidad pertenecían a los herederos.
Qué enseñanzas deja este caso
Este fallo pone de relieve varias cuestiones importantes en materia de sucesiones:
✔ Los bienes del fallecido pasan automáticamente a sus herederos desde el momento de la muerte.
✔ Quienes administran esos bienes deben hacerlo respetando los derechos hereditarios.
✔ Las estructuras societarias o acuerdos previos no siempre pueden utilizarse para evitar los efectos del derecho sucesorio.
✔ La utilización indebida de bienes de una herencia puede generar responsabilidades civiles e incluso penales.
La importancia de un asesoramiento adecuado
Los conflictos sucesorios suelen ser complejos, especialmente cuando existen empresas familiares, sociedades, marcas o activos administrados por terceros.
Por eso es fundamental contar con asesoramiento jurídico adecuado para:
- iniciar correctamente el proceso sucesorio,
- proteger los derechos de los herederos,
- y evitar situaciones que puedan derivar en conflictos judiciales.
Fallo citado:
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, Sala IV, “M. M. E. y otros s/ sobreseimiento”, 18 de septiembre de 2025.
