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La Unidad de Información Financiera digitaliza y endurece el control registral de sujetos obligados

La Unidad de Información Financiera (UIF) dictó la Resolución 37/2026, introduciendo modificaciones clave en el régimen de registración y actualización de los sujetos obligados.La norma modifica la Resolución UIF 50/2011 y tiene como eje central la digitalización total del sistema y el fortalecimiento del control sobre la información registral.

Resolución UIF N° 37/2026

🔎 ¿Qué cambia con la nueva normativa?

✔ Digitalización completa del trámite

A partir de ahora, toda la registración deberá realizarse a través del sistema SRO+, incluyendo la carga de documentación en formato digital.

👉 Esto implica:

  • Eliminación de presentaciones físicas
  • Mayor control automatizado
  • Validación directa por parte de la UIF

✔ Mayor exigencia documental desde el inicio

Los sujetos obligados deberán adjuntar toda la documentación respaldatoria al momento de inscribirse, la cual será revisada por la UIF.

📌 Si existen observaciones:

  • Se deberán subsanar en 15 días hábiles
  • De lo contrario, la inscripción puede quedar bloqueada

✔ Identificación más rigurosa de beneficiarios finales

Se profundizan los requisitos de identificación de beneficiarios finales, incluyendo:

  • Datos completos (identidad, participación, control)
  • Declaración jurada obligatoria
  • Actualización dentro de los 30 días ante cambios

👉 La UIF se reserva la facultad de requerir información adicional para verificar la titularidad real.


✔ Nuevas obligaciones de actualización permanente

Los sujetos obligados deberán mantener actualizada su información registral en plazos muy breves:

  • Cambios de domicilio, teléfono o email: 5 días hábiles
  • Cambios en el Oficial de Cumplimiento: 5 días hábiles
  • Comunicación de reemplazos y fundamentos

El incumplimiento puede derivar en sanciones.


✔ Bloqueo automático por incumplimientos

Uno de los cambios más relevantes:

⚠️ Si no se subsanan observaciones en plazo,
👉 el sistema bloquea automáticamente la registración en el SRO+

Esto implica:

  • Imposibilidad de operar normalmente en el sistema
  • Riesgo directo de sanciones

✔ Mayor poder de supervisión de la UIF

La UIF queda facultada para:

  • Exigir actualizaciones registrales en cualquier momento
  • Solicitar documentación adicional
  • Adaptar los sistemas digitales de control

⚠️ Impacto para sujetos obligados

La resolución implica un cambio claro:

👉 de un sistema formal de registración a un sistema dinámico, digital y controlado en tiempo real

Esto exige:

  • Mayor orden documental
  • Procesos internos claros
  • Respuesta rápida ante requerimientos

🚨 Riesgos de incumplimiento

No adecuarse a esta normativa puede generar:

  • Bloqueo del registro ante la UIF
  • Observaciones en supervisiones
  • Sanciones administrativas
  • Exposición del Oficial de Cumplimiento

💼 En qué podemos ayudarte

Desde A&S Consultores Jurídicos, te acompañamos en:

✔ Adecuación a la Resolución UIF 37/2026
✔ Revisión integral del legajo registral
✔ Identificación y documentación de beneficiarios finales
✔ Soporte técnico al Oficial de Cumplimiento
✔ Preparación ante requerimientos de UIF

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